· A partir del año 1993, se implementa en Chile la obligatoriedad de presurizar las cajas de escala en todos los edificios de 7 pisos o más, para la evacuación de las personas que se encuentren en un caso de siniestro.
· El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), en el artículo Nº 437 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, establece que todo edificio de 7 pisos o más, deberá tener una zona vertical de seguridad para evacuar a las personas en forma rápida, en caso de siniestro.
· El sistema consiste en la instalación de ventiladores en la parte inferior de la caja escala (subterráneo), para crear una presión positiva con el fin de que las escaleras no se llenen de humo y las personas puedan bajar al primer piso sin ser víctimas de la asfixia.
· Objetivos: Garantizar la completa seguridad de sus ocupantes y mantener el sistema operativo en caso de siniestro, con el objeto de que los usuarios puedan abandonar indemnes el edificio y, asimismo, permitir a los bomberos acceder al combate del fuego.
· Nuestra mantención consiste en verificar, chequear, detectar anomalías, proponer soluciones y realizar pruebas operacionales, entre otros.